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  • Comentarios a la Ley n.º 1/2021, de 11 de enero, que modifica, por primera vez, la Ley n.º 17/2014, de 10 de abril, que establece las bases de la política de ordenación y de gestión del espacio marítimo nacional, mediante la que se transfieren a los Azores e a la Madeira competencias de la Administración Central en la Zona Económica Exclusive y en la Plataforma Continental
    Publication . Sereno, Amparo
    Esta ley tuvo como iniciativa una propuesta de la “Región Autónoma de los Azores”, al abrigo del artículo 167o 1 de la Constitución Portuguesa, que permite a las Assembleias Legislativas (o Parlamentos) de las dos únicas regiones portuguesas con autonomía legislativa (Azores y Madeira) presentar propuestas de ley en el Parlamento nacional. Tras un largo y controvertido procedimiento de aprobación en el referido Parlamento – en que diputados de diferentes grupos parlamentares votaron contra o se abstuvieron por considerar inconstitucional algunos preceptos de la Propuesta de ley – la misma fue vetada, en agosto del año pasado, por el Presidente de la República (PR), y – aunque no la envió al Tribunal Constitucional, como permiten los artículos 134og e 278o 3 de la Constitución Portuguesa – pidió a los diputados una revisión de la propuesta en que quedase claro que se respetaba el principio de la integridad de la soberanía nacional en la gestión del espacio marítimo portugués. Es decir, aplicó el denominado “veto político” (con base en el artículo 136o1 de la Constitución Portuguesa) en lugar del “veto jurídico” – que se hubiera producido si el PR hubiese optado por enviar la propuesta para el TC.
  • Comentarios a la Resolución del Consejo de Ministros n.º 5/2021, de 19 de enero, por la que se aprueba el modelo de proyecto piloto sobre evaluación previa del impacto legislativo en la acción del combate al cambio climático​​​​​​​
    Publication . Sereno, Amparo
    Esta normativa viene a incorporarse al sistema de evaluación legislativa que tuvo su inicio con la Resolución del Consejo de Ministros n.o 74/2018, de 8 de junio y que estableció como definitivo el modelo de evaluación previa de impacto legislativo «¿Cuánto Cuesta?». Posteriormente, el “Decreto-Lei” n.o 169 -B/2019, de 3 de diciembre, estableció que los proyectos legislativos estaban obligados a una evaluación previa de impacto legislativo. En este sentido, la normativa en análisis se destina a aplicar un “proyecto piloto”, a título experimental y por el período de un año, que tiene como objetivo evaluar el impacto de las propuestas legislativas y de las políticas sectoriales en la lucha contra el cambio climático, incorporándola a los sistemas de evaluación legislativa ya existentes. Así mismo, se busca promover el cumplimiento de los compromisos asumidos por Portugal en materia de Política Climática en el Acuerdo de Paris y a través de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas. Paralelamente, se contribuye a la mejora del procedimiento legislativo y a la mayor transparencia del ordenamiento jurídico.
  • Human right to water and sanitation: water for all vs. full cost recovery
    Publication . Sereno, Amparo
    The present work starts from the definition of the concept “human right to water and sanitation” (HRWS). Then, it delimits its content, in a strict sense, to finally argue that it is an autonomous and subjective right. In other words, it is a right of immediate applicability, which means that it binds both the State and the private sector—that is, public or private supply and sanitation companies. Therefore, there is a minimum that cannot be denied to anyone, especially to individuals or families who cannot afford to pay their water bills. Next, I propose possible solutions for water and sanitation companies to ensure HRWS—avoiding water cuff-off—without compromising their economic and financial sustainability. Finally, I conclude that to comply with the principle of full cost recovery (FCR)—established by the EU Water Framework Directive (FWD)—the water bill will have to progressively increase—especially in regions where water is scarce and (due to the effects of climate change) will become an increasingly precious good. But, for those who cannot afford to pay the water bill, State will have to subsidize to guarantee the minimum service, per person and per day, which is a human right.
  • As relações luso-espanholas a volta do Tejo. Não só de caudais mínimos “vivem” os rios
    Publication . Sereno, Amparo
    Durante a última seca na península, aquela que coincidiu com os trágicos incêndios de Pedrogão Grande e que por isso mesmo nunca iremos esquecer, vieram a público – concretamente, através da LUSA (27.11.2017) e atrás dela outros meios de comunicação portugueses – notícias de que Espanha não cumpriu os caudais mínimos nem no Douro, nem no Tejo, nem no Guadiana durante o anterior ano hidrológico (entre 1 de outubro de 2016 e 30 de setembro de 2017). Esta notícia, baseada numa informação cuja fonte era a ONGA ZERO foi posteriormente desmentida pelo Ministro do Ambiente português e pela sua homóloga espanhola. Ambos coincidiram em que o único incumprimento (durante uma semana) se tinha produzido no Tejo devido a obras no açude de uma barragem espanhola – acabadas as quais Espanha terá entregue os caudais necessários para cumprir a Convenção – e no Guadiana o incumprimento, excecional, terá sido por parte de Portugal (e não de Espanha).
  • Comentarios a la «Portaria» n.º 67/2021, de 17 de marzo, por el que se establecen los requisitos mínimos obligatorios que deben ser incluidos en los planes de cogestión de áreas protegidas
    Publication . Sereno, Amparo
    El modelo de cogestión en áreas protegidas estaba ya previsto en la Resolución del Consejo de Ministros n.o 55/2018, de 7 de mayo, que aprobó la Estrategia Nacional de Conservación de la Naturaleza y Biodiversidad 2030 con la finalidad de establecer acuerdos de gestión colaborativa con las entidades presentes en el territorio de las referidas áreas protegidas. Este modelo fue adoptado e desarrollado por e “Decreto-Lei” n.o 116/2019, de 21 de agosto. De acuerdo con el mismo, las asociaciones de municipios ya constituidas, o que vayan a constituirse futuramente pueden participar en la gestión de áreas protegidas de ámbito nacional, siendo reconocidas como grupos de acción locales con capacidad para gestionar fondos europeos para el desarrollo local de base comunitaria. Así, se persigue la finalidad de imprimir una dinámica de gestión de proximidad en las áreas protegidas, bien como aplicar los principios de subsidiariedad, descentralización administrativa y participación de los órganos municipales en la respectiva gestión, en virtud de lo previsto en el artículo 20o c) de la Ley n.o 50/2018, de 16 de agosto.
  • Portugal 2021: un año para regresar a la “nueva normalidad” o una oportunidad para reforzar la protección ambiental
    Publication . Sereno, Amparo
    En este trabajo se revisan los temas más importantes de las políticas públicas ambientales de Portugal durante el año 2021, así como la legislación más importante publicada durante ese mismo año, realizando una evaluación bastante positiva de los avances en determinadas materias, como son: la nueva ley sobre cambio climático y el régimen general de gestión de residuos. Sin embargo, existen otras en que se debería mejorar, como el aumento excesivo del regadío intensivo, o la deficiente aplicación de la compensación a los ciudadanos por el reciclaje de embalajes, así como la lentitud en el tratamiento apropiado para determinados flujos de residuos, como el textil, los productos eléctricos o electrónicos y los «biorresiduos».
  • Derecho y políticas ambientales en Portugal (Primer Semestre 2022)
    Publication . Sereno, Amparo
    Este último semestre ha estado marcado, sobre todo en lo que se refiere a la producción legislativa ambiental, por las elecciones nacionales anticipadas. El 26 de octubre de 2021 – y al contrario de lo que se esperaba – la mayoría de los diputados de la Assembleia da República (el Parlamento unicameral portugués) votó contra la Propuesta de los Presupuestos Generales de 2022. Esta votación abrió una crisis política que el Presidente da República (Jefe del Estado portugués) solucionó disolviendo el Parlamento –de acuerdo con los poderes que le son conferido por la Constitución1– aunque sin dimitir el “Primeiro Ministro” y los demás miembros del Gobierno que se han mantenido en funciones hasta la formación el nuevo ejecutivo. El Parlamento funcionó hasta diciembre 2021 y las elecciones se celebraron el 30 de enero de 2022. Con lo cual la producción legislativa más importante acabó en diciembre del año pasado –mucha de la legislación ambiental que aquí se cita, como la Ley del Clima, fue publicada el 31 de diciembre o un poco antes.